EL REGIMEN DE UN CONDOMINIO

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“El respeto al derecho ajeno es la paz”, es una frase que la mayoría hemos escuchado en el pasado y aplica perfectamente para poder vivir en convivencia con los vecinos; el tener las reglas claras permitirá que cada persona conozca sus obligaciones y derechos y pueda existir una sana armonía en un condominio. Todo lo referente, “a que se puede hacer o no se puede hacer dentro de un condominio” se encuentra en un solo documento llamado Régimen de Condominio

El Régimen de propiedad en condominio se sustenta bajo La Ley de Propiedad en Condominio de cada Estado. La constitución de dicho Régimen en condominio, es el acto jurídico formal en el que el propietario o propietarios de un inmueble, instrumentan ante notario público declarando su voluntad de establecer esa modalidad de propiedad para su mejor aprovechamiento y en el que dos o más personas, teniendo un derecho privativo, utilizan y comparten áreas y bienes de uso y propiedad común; asumiendo condiciones que les permiten satisfacer sus necesidades de acuerdo al uso del inmueble sin demérito de su unidad de propiedad privativa

Esto consiste en la situación en la una propiedad es compartida por dos o más personas. Cada día es más común en nuestra ciudad que tengamos fraccionamientos y centros comerciales cerrados, que se encuentran constituidos como propiedad en condominio, lo que alude a un gran compromiso de quienes lo habitan

Los condominios representan hoy en día una opción viable de desarrollo urbano ya que ocupan menos espacio físico y brindan a la población una opción concreta de vivienda; sin embargo el hecho de compartir espacios y servicios comunes de manera necesaria, da lugar a una serie de responsabilidades y obligaciones que deben de cumplirse de una forma compartida y responsable por todos aquellos que habitan en los condominios a fin de mantener la armonía el orden y el buen estado de los bienes materiales en común.

Las privadas de casa habitación o de terrenos qué consisten en un fraccionamiento cerrado, cuentan con áreas comunes, un reglamento de construcción y un reglamento de convivencia y una de las ventajas que tiene este tipo de desarrollos bien constituidos, es que tienes como consecuencia el tener una buena plusvalía en tu propiedad. Para conocer más sobre la PLUSVALIA de tu propiedad te invito a visitar esta liga de nuestro blog DA CLICK AQUÍ!!

¿Pero cómo se constituye un régimen de condominio?

Tomando en cuenta que todo régimen de condominio se sustenta en la Ley de Propiedad en condominio de cada Estado; se considera que dentro de su constitución se establecen todas la áreas privadas y comunes para poder vender a particulares y de ahí es donde nacen las escrituras de la propiedad. Como parte de esta constitución y para regular este establecimiento de áreas existe la MEMORIA DESCRIPTIVA, que define lo que esta regulado bajo la administración y lo que es considerado propiedad privada.

EL REGLAMENTO es la parte esencial que establece las reglas a detalle de cada condominio, el cual puede variar entre cada condominio, no obstante, cada regla debe estar dentro del marco intrínseco que la Ley de Propiedad en Condominio brinda a cada estado.

De igual forma dentro de esta constitución de Régimen, se establece el INDIVISO, el cual es el valor proporcional de cada una de las propiedades en relación al condominio completo, esto se expresa en forma de porcentaje. Esto quiere decir que el Arquitecto responsable establece que parte proporcional del terreno, áreas privativas y áreas comunes le corresponde a cada inmueble.

Por último, quien es el encargado de regular todo lo anterior es el máximo órgano establecido entre los propietarios el cual es la ASAMBLEA. La asamblea, mediante convocatorias regidas bajo ciertos protocolos, es la reunión de los propietarios para la toma de decisiones, designando también responsabilidades a figuras como la administración y un comité de vigilancia conformado por representantes de los mismos propietarios

Debido a todos estos compromisos y obligaciones que los inversionistas deciden adquirir al considerar una propiedad en un condominio constituido bajo un régimen de condominio, como su mejor opción; es como aseguran y pueden exigir legalmente, el mantener en buenas condiciones y el buen funcionamiento de su patrimonio

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